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PODER NOTARIAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS ACTOS DE ADMINISTRACION Y DE DOMINIO
PODER NOTARIAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS ACTOS DE ADMINISTRACION Y DE DOMINIO - NOTARY POWER OF ATTORNEY FOR COLLECTIONS, ADMINSTRATION ACTS AND DOMAIN
TOMO [Tome / Tomo]
Volumen [Volume / Volumen]
Acta [Act / Acta]
Folios [Folios / Folios]
A�o [Year / A�o]
En la ciudad de [City's Name / Nombre de la ciudad] el [Document's Date / Fecha del Documento]
ante mi, Notario P�blico [Notary's Name / Nombre del notario] N�mero [Notary's Number / N�mero del Notario] de la ciudad de [Notary's City / Ciudad del Notario] en ejercicio, comparecieron:
I.- [Name of the man / Nombre del se�or] de estado civil [Man's Status / Estado civil del se�or], de ocupaci�n [Ocupaci�n del se�or] nacido el [Birth Date of Man / Fecha de nacimiento del se�or] con domicilio en [Address of Man / Domicilio del se�or].
II.- [Name of the Lady / Nombre de la se�ora] de estado civil [Status of the Lady / Estado civil de la se�ora], de ocupaci�n [Lady's Occupation / Ocupaci�n de la se�ora] nacida el [Lady's Birth Date / Fecha de nacimiento de la se�ora] con domicilio en [Lady's Address / Domicilio de la se�ora].
Los comparecientes me manifiestan que son de nacionalidad [Nacionality of Person Appearing / Nacionalidad de comparecientes] por nacimiento e hijos de padres de la misma nacionalidad y origen, y quien a mi juicio tienen capaciciad legal para obligarse y contratar, sin que nada me conste en contrario. Con relaci�n al pago del impuestos, los comparecientes me manifiestan que se encuentran al corriente con dicho pago, lo que no me acreditaron, motivo por el cual les hice los apercibimientos legales correspondientes, enter�ndolos de las penas en que incurren quienes se producen con material en materia fiscal. El suscrito Notario, no conoce personalmente a los comparecientes, ni �stos pueden presentarme testigos de identificaci�n, se identifican con los documentos de los cuales se agregan copias debidamente hechas.
Los comparecientes me manifiestan que comparecen por medio de esta Escritura P�blica a efecto de hacer constar el otorgamiento de un PODER GENERAL ILIMITADO para Actos de Admmistraci�n, Actos de Dominio y para Asuntos Judiciales, comprendiendo Pleitos y Cobranzas, mismo poder que se otorga suiet�ndolo a las siguientes:
CLAUSULAS
-PRIMERA.- Los comparecientes por su propio y personal derecho, dan, confieren y otorgan a favor de Poder General Limitado para Actos de Admmistraci�n, Actos de Dominio y para Asuntos Judiciales comprendiendo Pleitos y Cobranzas.
-SEGUNDA.- Este poder se otorga en forma limitada, para el s�lo efecto de representar a los Poder�antes en todo lo relativo al derecho de propiedad que tienen sobre el predio urbano siguiente:
Lote mareado con el n�mero [Lot Number / N�mero del lote] de la manzana [Lot Block / Manzana del lote] secci�n [Lot Section / Secci�n del lote], del Fraccionamiento [Lot's Development / Fraccionamiento del lote] ubicado en la ciudad de [Lot's City / Ciudad del lote], [Lot's State / Estado del lote], [Lot's Country / Pa�s del lote] con una superficie de [Lot's Surface / Superficie del lote] y las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE [Measure to the North / Medida al norte] con [Adjacent Property to the North / Colindancia al norte].
AL SUR [Measure to the South / Medida al sur] con [Adjacent Property to the South / Colindancia al sur].
AL ORIENTE METROS [Measurement to the east / Medida al oriente] con [Adjacent Property to the East / Colindancia al oriente].
AL PONIENTE METROS [Measurement to the west / Medida al poniente] con [Adjacent Building to the west / Colindancia al poniente].
lgualmente el Apoderado nombrado podr� realizar todos aquellos actos que sirvan para la mejor defensa de los derechos e intereses de sus Poderantes, siendo las facultades relacionadas en esta Escritura enunciativas m�s no limitadas.
-TERCERA.- Los Poderantes manifiestan que el predio objeto de este poder, reporta a la fecha una hipoteca a favor de [Mortgage Recipient / Recipiente de la hipoteca], hasta por la cantidad de [Mortgage Amount / Cantidad de la hipoteca] (n�mero y letra).
-CUARTA.- Este poder se considerar� aceptado, por el s�lo hecho de que el Apoderado nombrado haga uso del mismo. En m�rito de lo relacionado en las cl�usulas que anteceden, queda debidamente protocolizado el Poder otorgado que se hace constar por medio de esta Escritura P�blica.
En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas bastar� que se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cl�usula especial conforme a la ley, para que se entiendan conferidos sin limitaci�n alguna.
En los poderes generales para administrar bienes, bastar� expresar que se dan con ese car�cter, para que el apoderado toda clase de facultades admmistrativas.
En los poderes generales para ejercer actos de dominio bastar� que se den con ese car�cter para que el apoderado tenga toda clase de facultades de due�o, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos.
Cuando se quisleren limitar en los tres casos anteriores, las facultades del apoderado, se consignar� las limitaciones, o los poderes ser�n especiales.
Los Notarios insertar�n este art�culo en los testimoniles de los poderes que se otorguen.
Art�culo 1710.- En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastar� que se diga que se otorgan con todas las facultades generales y las especiales que requieran cl�usula especial conforme a ley, para que se entiendan conferidos sin limitaci�n alguna.
En los poderes generales para administrar bienes, bastar� expresar que se dan con ese car�cter para que el apoderado tenga toda clase de facultades admmistrativas.
En los poderes generales para ejercer actos de dominio, bastar� que se den con ese car�cter para que el apoderado tenga todas las facultades de due�o, tanto en lo relativo a los bienes como para hacer toda clase de gestiones, a fin de defenderlos.
Cuando se quieran limitar, en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se consignar�n las limitaciones, o los poderes ser�n especiales.
Los Notarios insertar�n este art�culo en los testimonies de los poderes que se otorguen.
-Yo, el Notario, hago constar:
-Que cumpli con lo dispuesto en el art�culo 45 de la Ley Notariado en vigor; que agregar� al ap�ndice de esta Escritura la constancia del pago de los derechos correspondientes; que le� la presente Acta al compareciente y los enter� de los alcances y efectos legales de la misma, habi�ndose manifestado quedar enterado y conforme con su tenor, firmando conmigo, el Notario autorizante, para la debida constancia. Doy Fe.
Firmas.
Sello.
DOCUMENTOS DEL APENDICE
COPIA CERTIFICADA DE LAS IDENTIFICACIONES DE LOS COMPARECIENTES.- Constante de una hoja �til.
CONSTANCIA DEL PAGO DE DERECHO POR PODER 0 MANDATO.- Constante de una hoja.
DEL MARGEN
AUTORIZACION.- Lienados los requisitos legales previos,
autorizo la presente Escritura, en [Place of Authorization / Lugar de autorizaci�n], el [Authorization Date / Fecha de autorizaci�n]. El sello de autorizar va descrito.
ES PRIMER TESTIMONIO de la Escritura Matriz, que se encuentra extendida, firmada y autorizada en el vol�men [Volume Number / N�mero del vol�men] del Tomo [Tome Number / N�mero del tomo] del protocolo de la Notaria P�blica N�mero [Notary Number / N�mero de la Notaria] de [Notary City / Ciudad de la Notaria] que es a mi cargo, que se expide constante de cinco hojas �tiles, de las cuales tres abarcan hasta la hoja en que termina este pi�, anex�ndose copia de los documentos relacionados en el ap�ndice, constants de dos hojas �tiles, cuyos documentos originales obran en el legajo respectivo de esta Escritura.
Y a solicitud de los se�ores expido este primer testimonio de esta Escritura P�blica, en la ciudad [Document's City / Ciudad del Documento], el [Document's Date / Fecha del Documento].
R�brica y sello.